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Contratos incumplidos, socios en desacuerdo, facturas sin pagar, proveedores que fallan: la mayoría de las disputas comerciales no necesitan años de litigio — necesitan una mesa neutral. Como Mediadora Certificada por la Corte Suprema de Florida (County Court Mediator, cert. #40851), le ayudo a negociar una salida rápida, confidencial y por escrito, en español o inglés, en nuestra oficina de Brickell o por videollamada.
Mediadora Certificada — Corte Suprema de Florida · Cert. #40851 · Vigente hasta 2028 · Los 20 circuitos judiciales de Florida · Confidencial por ley (F.S. 44.401–406) · Español · English
Mediadora certificada por la Corte Suprema de Florida, con registro público en el Dispute Resolution Center y cero sanciones.
Una disputa comercial promedio se media en una o pocas sesiones — mientras un juicio puede tomar años de su empresa.
Lo que se dice en la mediación está protegido por el privilegio de confidencialidad de Florida (F.S. 44.401–44.406): no llega a un expediente público.
La mediación busca un acuerdo que ambas partes puedan cumplir — y muchas veces salva al socio, proveedor o cliente que el juicio destruiría.
Le deben un pago, el servicio no se entregó como se pactó o la otra parte cambió las condiciones — y cada semana sin resolver cuesta dinero.
Usted y su socio ya no se ponen de acuerdo en las decisiones, los números o la salida de uno de los dos, y el negocio está en el medio.
Le cotizaron el pleito y los honorarios superan lo que está en disputa. Necesita una vía proporcional al tamaño real del conflicto.
Una demanda es pública: clientes, bancos y competidores pueden verla. Necesita resolver con discreción y proteger su reputación comercial.
La mediación es un proceso voluntario y confidencial en el que un tercero neutral certificado —la mediadora— ayuda a las partes de un conflicto a negociar su propio acuerdo, sin que un juez decida por ellas. En Florida está regulada por los tribunales: los mediadores se certifican ante la Corte Suprema del estado, se registran en el Dispute Resolution Center (DRC) y las comunicaciones de la mediación gozan de privilegio de confidencialidad por ley (F.S. 44.401–44.406). En el mundo de los negocios, la mediación es la vía estándar para resolver disputas de contratos, cobros, socios, proveedores y clientes: es más rápida y económica que un juicio, las partes conservan el control del resultado y, si se alcanza un acuerdo, se firma por escrito y es exigible como cualquier contrato.
Escríbanos por WhatsApp y descríbanos la disputa: contrato, montos en discusión y qué busca. Coordinamos la invitación formal a la otra parte —la mediación es voluntaria—, fijamos fecha, reglas y honorarios por escrito, que usualmente se dividen entre las partes.
En nuestra oficina de Brickell o por videollamada: cada parte expone su posición, la mediadora conduce la negociación con reuniones conjuntas y privadas (caucus), identifica los puntos de acuerdo y ayuda a construir opciones que ambos puedan aceptar.
Si hay acuerdo, se redacta y firma en el acto un convenio con los compromisos exactos de cada parte, exigible como contrato. Si no lo hay, nada de lo dicho puede usarse en su contra: usted conserva intactas todas sus vías legales.
Mediamos disputas comerciales entre empresas, entre socios y entre negocios y sus clientes o proveedores — como mediación privada acordada por las partes o en casos remitidos por las cortes de condado. Si su conflicto es de familia o de divorcio, visite nuestras páginas especializadas desde el centro de mediación.
El conflicto de negocios más frecuente: lo pactado no se cumplió o no se pagó.
Cuando el desacuerdo está dentro de la empresa o con quienes la hacen funcionar.
Disputas del día a día comercial que no ameritan años de corte.
La neutralidad no se declara: se certifica. Nuestra mediadora, Zulma Eliana Bourelly, está certificada por la Corte Suprema de Florida como County Court Mediator (certificación #40851), habilitada para actuar en los veinte circuitos judiciales del estado, con certificación vigente hasta 2028 y cero sanciones en su historial — datos públicos y verificables en el Mediator Reporting System del Dispute Resolution Center (DRC), el registro oficial de los tribunales de Florida. A esa certificación se suman 14 años de experiencia en documentos y trámites legales del sur de Florida y la operación bilingüe de Notary Public Center en Brickell, con sede registrada en 175 SW 7th St, Suite 1905, Miami.
County Court Mediator #40851, registro público en el DRC, vigente hasta 2028 y sin sanciones — verifíquelo usted mismo en el registro oficial.
Habilitada para mediar en todos los circuitos judiciales de Florida — su disputa puede mediarse aunque las partes estén en ciudades distintas.
Sesiones conducidas en español o inglés. En Miami, que ambas partes entiendan cada palabra del acuerdo evita el próximo conflicto.
Mesa de mediación en nuestra oficina de 175 SW 7th St, o sesión por videollamada cuando las partes están en distintas ciudades o países.
Como Preparadores de Documentos y Florida Notary Public, el convenio final queda por escrito, firmado y —si las partes lo requieren— con firmas notarizadas en el acto.
Cotización por escrito antes de empezar; los honorarios de mediación usualmente se dividen entre las partes, y siempre son una fracción de lo que cuesta litigar.
4.9 de 5 — 720 reseñas verificadas en Google
Notary Public Center, Miami
“Good and courteous service, friendly staff, always on time.”
★★★★★ — Reseña en Google
“Highly professional, clean environment in a central location.”
★★★★★ — Reseña en Google
Es un proceso voluntario y confidencial en el que un tercero neutral certificado ayuda a dos partes en disputa —empresas, socios, proveedores, clientes— a negociar su propio acuerdo, sin que un juez decida por ellas. Si se alcanza acuerdo, se firma por escrito y es exigible como contrato; si no, cada parte conserva intactas sus vías legales.
Que aprobó el programa de certificación de mediadores de los tribunales del estado, figura en el registro oficial del Dispute Resolution Center (DRC) y está sujeta a sus reglas de ética y disciplina. Nuestra certificación es de County Court Mediator (#40851), habilitada en los 20 circuitos judiciales, vigente hasta 2028 y con historial de cero sanciones — todo consultable públicamente en el DRC.
Prácticamente cualquier disputa comercial que las partes acepten negociar: incumplimiento de contratos, facturas y cobros, desacuerdos entre socios, conflictos con proveedores o clientes, arrendamientos comerciales, construcción, asociaciones y disputas de consumo. Como mediación privada, las partes pueden someter el conflicto que decidan; en la vía judicial, mediamos los casos que remiten las cortes de condado.
La mediación privada es siempre voluntaria: ambas partes deben aceptar sentarse a la mesa. Ahora bien, muchos contratos incluyen una cláusula que obliga a intentar mediación antes de demandar, y los jueces de Florida remiten rutinariamente los casos civiles a mediación antes del juicio. Llegar con un acuerdo ya firmado le ahorra ese camino.
Muy confidencial, y por ley: el Mediation Confidentiality and Privilege Act de Florida (F.S. 44.401–44.406) protege las comunicaciones de la mediación. Lo que se dice y ofrece en la mesa no puede usarse después como prueba en corte, y no queda en ningún expediente público.
Sí. El acuerdo se redacta por escrito con los compromisos exactos de cada parte y se firma en el acto; desde ese momento es exigible como cualquier contrato. Si el caso ya estaba en corte, el acuerdo puede presentarse al juez para cerrar el proceso conforme a lo pactado.
La sesión típica dura entre dos y cuatro horas, y muchas disputas se resuelven en una sola sesión. Los casos más complejos pueden requerir sesiones adicionales. Compárelo con un litigio comercial, que en Florida puede tomar años entre demanda, descubrimiento y juicio.
Sí, y es bienvenido: cada parte puede asistir con su abogado, consultarlo durante la sesión y pedirle que revise el acuerdo antes de firmar. La mediadora permanece neutral y no asesora legalmente a ninguna de las partes.
No pierde nada: la mediación no renuncia a ningún derecho. Lo conversado queda protegido por la confidencialidad legal y usted puede continuar por la vía judicial o arbitral como si la mediación no hubiera ocurrido. En la práctica, incluso sin acuerdo total, la mediación suele reducir los puntos en disputa.
Sí. Conducimos mediaciones por videollamada con las partes en distintas ciudades o países, y la certificación cubre los 20 circuitos judiciales de Florida. La sesión online sigue las mismas reglas de confidencialidad y termina igualmente en un acuerdo firmado.
Depende de la complejidad del caso y de la duración estimada. Los honorarios se cotizan por escrito antes de empezar y usualmente se dividen entre las partes, lo que los hace una fracción del costo de litigar. Escríbanos por WhatsApp con un resumen de la disputa y le confirmamos la cotización exacta.
No. La mediadora es neutral: facilita la negociación, ayuda a construir opciones y documenta el acuerdo, pero no asesora legalmente, no juzga ni impone soluciones. Si necesita asesoría sobre sus derechos, consúltelo con un abogado licenciado — puede hacerlo antes, durante o después de la mediación.
En español o en inglés, según acuerden las partes; podemos conducir sesiones bilingües cuando cada parte habla un idioma distinto, cuidando que ambas entiendan cada término del acuerdo antes de firmar.
Escríbanos por WhatsApp al +1 305 507 8464 con un resumen del conflicto y los datos de la otra parte. Nosotros coordinamos la invitación formal, la fecha y las reglas; usted solo llega a la mesa a negociar. Atendemos de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 ET.
Nuestro pilar de mediación: divorcio, familia y conflictos — cómo funciona y qué esperar.
Contratos, acuerdos y formularios preparados con la información que usted provee.
Affidavits y declaraciones por escrito, notarizados en el acto — soporte habitual de los acuerdos.
Certificación de firmas presencial, móvil u online (RON) para sus convenios y contratos.
Escríbanos por WhatsApp con un resumen de la disputa: le confirmamos cómo funcionaría la mediación, los honorarios por escrito y la fecha más próxima — sin compromiso.
175 SW 7th St, Suite 1905, Miami FL 33130 · Lun–Vie 9:00–17:00 ET · Presencial u online
Al contactarnos, usted reconoce que este negocio provee servicios de mediación certificada, de preparación de documentos y de Florida Notary Public; no somos abogados y no brindamos asesoría legal ni representación. La mediación no sustituye la asesoría de un abogado sobre sus derechos.
I AM NOT AN ATTORNEY LICENSED TO PRACTICE LAW IN THE STATE OF FLORIDA, AND I MAY NOT GIVE LEGAL ADVICE OR ACCEPT FEES FOR LEGAL ADVICE.
NO SOY UN ABOGADO LICENCIADO PARA PRACTICAR DERECHO EN EL ESTADO DE FLORIDA, Y NO PUEDO DAR ASESORAMIENTO LEGAL NI ACEPTAR HONORARIOS POR ASESORAMIENTO LEGAL.
Limitación de servicios (Nonlawyer Disclosure): este negocio opera exclusivamente como Preparador de Documentos (Legal Document Preparer) y provee servicios de Florida Notary Public. Nuestros servicios consisten en autoayuda procedimental bajo la dirección específica del consumidor. No poseemos licencia para ejercer la abogacía, no podemos predecir resultados, no explicamos opciones ni derechos legales, y la información compartida con nosotros no está sujeta al privilegio abogado–cliente.