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Los documentos a usar en paises extranjeros, y en general en cualquier pais signatario de la Convencion de la Haya, deben reunir uno de los dos siguientes requisitos consularizar o apostillar.
Para apostillar y consularizar un documento, se debe tener en cuenta que el país donde será presentado debe formar parte de la Convencion de la Haya.
Si usted se dirige al Consulado por ejemplo a el de Colombia, el Consul autorizado por el DECRETO 3355 DE 2009 expedido por el Gobierno Colombiano, actua en calidad de notario, actua en calidad de funcionario de Registro Civil, y ejerce funciones similares, igualmente ejecuta otras de carácter administrativo.
Es decir, el documento que usted consulariza es un documento que NOTARIZA el Consul en razon de las funciones especiales de notario que ejerce.
Un notario americano, notariza y adicionalmente, debe APOSTILLAR el documento, para que tenga identica fuerza y valor legal dentro del territorio donde se pretende hacer valer, en este caso Colombia.
Pero fundamentalmente cualquier documento que apostillamos tiene identico valor legal y juridico del consularizado.
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